El plazo vence en abril.
Nosotros lo hacemos por ti.
Si en 2025 ganaste más de $400,000 pesos, tuviste dos patrones, emitiste facturas o rentaste un inmueble, estás obligado a declarar.
En Maya Contadores lo presentamos correctamente, sin errores y sin que tengas que entender de impuestos.
NotaEl plazo para personas físicas vence el 30 de abril de 2025. No esperes al último día — los servidores del SAT se saturan.
Revisa si debes presentar tu
Declaración Anual 2025
Cualquiera de estas situaciones te obliga a declararle al SAT antes del 30 de abril. Si no lo haces a tiempo, acumulas multas y recargos.
Ingresos anuales > $400,000
Si tu sueldo total en 2025 superó los $400,000 pesos, el SAT exige que presentes declaración aunque tu patrón ya haya retenido el impuesto.
Dos patrones o cambio de empleo
Si en algún momento del 2025 tuviste dos empleos al mismo tiempo, o cambiaste de empresa, el cálculo del ISR queda descuadrado y debes ajustarlo.
Emitiste facturas (honorarios o negocio)
Cualquier persona que facturó por servicios profesionales, honorarios o actividad empresarial está obligada a declarar sin importar el monto.
Rentas de inmuebles
Si recibiste ingresos por arrendamiento de casa, local o bodega, debes declarar. Si no tienes contador que lo lleve mensualmente, los arrastras al anual.
Intereses bancarios > $100,000
Los rendimientos de inversiones, pagarés o cuentas de ahorro que superaron los cien mil pesos generan obligación de declarar.
Venta o adquisición de bienes
Vendiste un terreno, un carro, una casa o adquiriste bienes en condiciones que el SAT considera enajenación — todo eso se declara.
Sin costo · Respuesta en menos de 24 h · Sin compromiso
Ignorarlo no lo hace desaparecer.
El SAT cruza información automáticamente. Si detecta que estás obligado y no declaraste, el problema llega solo — con intereses y multas incluidas.
- Multas de hasta el 75% del impuesto omitido más recargos mensuales
- Requerimientos del SAT con plazo de respuesta forzoso
- Bloqueo del RFC y cancelación de sellos digitales para facturar
- Responsabilidad solidaria si tienes empresa o negocio propio
- Pérdida del derecho a deducir gastos médicos, colegiaturas y donativos
¿Qué hacemos exactamente
por ti?
Nos encargamos de todo el proceso. Tú nos das la información, nosotros hacemos el trabajo.
Revisión completa de tu situación fiscal
Analizamos tu historial en el SAT, tus ingresos del ejercicio 2025 y detectamos si hay diferencias, deducciones no aplicadas o errores en retenciones.
Cálculo correcto del ISR y saldo a favor
Determinamos el impuesto real, aplicamos todas tus deducciones personales (médicos, colegiaturas, hipoteca, donativos) para minimizar lo que pagas o maximizar tu devolución.
Presentación ante el SAT y acuse oficial
Enviamos tu declaración directamente al SAT y te entregamos el acuse de recibo oficial que confirma el cumplimiento. Nada queda pendiente.
Tramitamos tu devolución si hay saldo a favor
Si resulta saldo a favor, iniciamos el trámite de devolución automáticamente. Muchos clientes recuperan más de lo que pagaron por el servicio.
Así de simple es trabajar con nosotros
Tres pasos. Sin burocracia. Sin necesidad de ir a ninguna oficina del SAT.
Nos contactas por WhatsApp o formulario
En menos de 2 minutos. Solo dinos tu nombre y cuál de las situaciones te aplica. Sin documentos en este paso.
Te indicamos exactamente qué información necesitamos
Un especialista te contacta, te explica qué datos o documentos necesitas reunir y cuánto costará el servicio. Sin sorpresas.
Presentamos tu declaración y te enviamos el acuse
Nos encargamos de todo el proceso ante el SAT. Recibes el acuse oficial de presentación y, si hay saldo a favor, iniciamos la devolución.
⏳ El plazo es el 30 de abril
Los últimos días el portal del SAT se satura y pueden ocurrir errores técnicos. Te recomendamos presentar antes del 25 de abril.
Cuéntanos tu situación
Revisamos tu caso y te contactamos en menos de 24 horas con el detalle del servicio y el costo.
Diagnóstico rápido (60 segundos)
Responde 4 preguntas y te decimos exactamente qué necesitas hacer.
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