El Nuevo Modelo Laboral da un plazo de hasta 240 días hábiles, a partir del pasado 1 de mayo, para la modificación de estatutos de las organizaciones gremiales.
De acuerdo al artículo Transitorio Vigésimo Tercero de la Ley Federal del Trabajo, relativo a la adecuación de los estatutos sindicales, indica que las disposiciones previstas en el artículo 371 para la elección de las directivas sindicales mediante el voto personal libre, directo y secreto de los trabajadores, iniciarán su vigencia en un plazo de 240 días a partir de la entrada en vigor del nuevo Decreto.
“Así mismo, dentro del mismo plazo las organizaciones sindicales deberán adecuar sus estatutos a las disposiciones previstas en dicho artículo y demás aplicables de la citada Ley”, añade.
La STPS hace un llamado para que las organizaciones sindicales de cada entidad modifiquen sus estatutos antes del próximo mes de abril.
“Ya que de lo contrario todos los actos que realicen los organismos gremiales estarán fuera de la ley”, advierte en el comunicado 218/2019. El Nuevo Modelo Laboral da un plazo de hasta 240 días hábiles, a partir del pasado 2 de mayo de 2019, para la modificación de estatutos de las organizaciones gremiales; es decir, que tienen hasta finales de este mes, preferentemente, para ajustar sus normas a la democracia sindical, transparencia y equidad de género.
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