En esta ocasión se trata de las tasas aplicables a los grandes contribuyentes de 50 actividades económicas en los siguientes sectores:

  • Comercio al por mayor.
  • Electricidad, gas y agua.
  • Industrias manufactureras.
  • Otros servicios excepto actividades del gobierno.
  • Servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de mediación.
  • Servicios inmobiliarios.
  • Servicios profesionales, científicos y técnicos.
  • Transportes, correos y almacenamiento.

De acuerdo con el SAT, el objetivo de la información que publicó es facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario.

La autoridad fiscal invita a los contribuyentes a consultar la tasa efectiva de ISR correspondiente a la actividad económica a la que pertenecen, y a compararla con su propia tasa efectiva de ISR respecto de cada ejercicio fiscal.

Los contribuyentes pueden hacer lo anterior para medir sus riesgos impositivos y, en su caso, corregir su situación fiscal, mediante declaraciones complementarias. Así podrían minimizar la posibilidad del inicio de revisiones profundas por parte del SAT.

En su comunicado, el SAT dijo que ya contactó a los contribuyentes con tasas efectivas por debajo de las oficiales para que analicen su situación fiscal y, de ser necesario, la corrijan.

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