El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente publicó la primera versión anticipada de la Octava Resolución de Modificaciones de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022, y sus anexos 1, 1-A, 11, 14, y 15.

Como parte de los cambios previstos, el SAT habilitará la oficina virtual para tramitar el cambio de domicilio de las personas físicas asalariadas.

De acuerdo con una publicación del especialista fiscal Mario Beltrán, con base en la ficha de trámite “77/CFF Aviso de cambio de domicilio fiscal a través del portal del SAT, en la oficina del SAT o en la oficina virtual”, se tomará el domicilio visible en la credencial para votar vigente.

Por eso, en la publicación se cuestiona si eso significa que el domicilio fiscal en el cambio de domicilio de un asalariado sería el de su casa habitación.

Para el trámite de cambio de domicilio se presenta de forma digitalizada en formato PDF lo siguiente:

  • Identificación oficial vigente del contribuyente, que puede ser cualquiera de las señaladas en el apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

Si el domicilio no se encuentra visible en la credencial para votar vigente o en alguna otra de las identificaciones señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2 Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF, deberá presentar adicionalmente:

– Comprobante de domicilio, que puede ser cualquiera de los señalados en el apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso B) Comprobante de domicilio, del Anexo 1-A de la RMF (original).

– La credencial para votar vigente emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE), se deberá presentar por ambos lados.

Formato de aviso al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a través de Oficina Virtual.

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