Es importante dar aviso ante el Servicio de Administración Tributaria, ya que, en caso contrario, podrían robar la identidad del fallecido.

Una vez que tengas la cita, deberás acudir con determinados documentos, según la experta.

Entre estos destacan el aviso y el acta de defunción expedida por el Registro Civil, tanto original como copia certificada.

Evita altas multas ante el SAT

La colaboradora también comentó que, de no hacerlo, se podrían enfrentar altas multas: “Estas no tendrían sustento, pero habría que pelearlas”.

Entre otros riesgos que existen, en caso de no presentar este aviso, es el robo de la identidad, de la e.firma y del RFC.

¿Quiénes lo pueden presentar?

De acuerdo con lo explicado por la colaboradora, cualquier familiar o persona puede hacer el trámite, el cual es gratuito.

“Cualquier familiar, siempre y cuando diga si es primo, hermano, no deben demostrarlo, basta con la credencial de elector”, comentó. “Puede ser un hermano, puede ser un hijo, un nieto”.

Si se llegaran a presentar multas, la experta mencionó que es fácil pelearlas porque “no se puede seguir tributando si ya falleció”.

“Si esa persona tiene una auditoría y no se avisa de su fallecimiento, la auditoría sigue”, dijo la experta.

Otro caso es que haya sucesión y bienes que heredar, en esa situación hay que dar otro aviso ante el SAT.