En México, los intereses que una persona física recibe, sea de cuentas bancarias, inversiones, préstamos otorgados a terceros, o cualquier otra fuente que genere intereses, están sujetos al Impuesto sobre la Renta (ISR).

Hay casos en los que un contribuyente no tiene que pagar ISR por intereses recibidos:

Si el contribuyente tiene una cuenta en donde le depositan su nómina y el saldo promedio no excede de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales, que son aproximadamente 150,000 pesos, los rendimientos no pagan impuestos.

Si la tasa de interés del contribuyente es muy baja tampoco paga impuestos. Por ejemplo, si la tasa de interés fue de 4%, entonces hubo una pérdida, porque la inflación fue de 4.66%. Entonces no tendría que pagar ISR.

En cuanto a la declaración anual, si el contribuyente nada más recibió intereses y sueldo, y la suma de esos dos ingresos fue menor a 400,000 pesos, no tiene la obligación de presentar la declaración anual. Siempre y cuando no tengan otra actividad o ingreso. Pero si recibió otro tipo de ingresos si deben presentar declaración anual.

Sin embargo, a muchas personas físicas que tienen cuentas de inversiones les está saliendo impuesto a pagar.

Lo anterior se debe a que la inflación de 2023 fue de 4.66%, y las tasas de interés que se estuvieron pagando fueron bastante más altas.

Por eso, los contribuyentes que verifiquen que los datos que estén en su declaración sean de las cuentas que ellos tienen, y que estén acordes con lo que el banco les esté informando.