La Profedet invitó a las empresas y patrones a cumplir con el reparto de utilidades en tiempo y forma, porque de no hacerlo podrían ser multadas de los 50 a los 5 mil salarios mínimos vigentes.
El reparto de utilidades o Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU) es un derecho constitucional que tienen los trabajadores, para recibir un porcentaje de las ganancias que obtuvieron sus patrones durante el año.
Las personas morales deben presentar su declaración anual a más tardar en marzo y las físicas en abril, y el reparto de utilidades o PTU debe ser pagado a más tardar 60 días después. Esto lo establece el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) invitó a las empresas y patrones a cumplir con el reparto de utilidades en tiempo y forma, porque de no hacerlo podrían ser multadas de los 50 a los 5 mil salarios mínimos vigentes, según lo señala la LFT.
En este contexto, los trabajadores pueden tener la siguiente duda: ¿Debo pagar impuestos al Servicio de Administración Tributaria (SAT) al recibir el reparto de utilidades o PTU?
Según el SAT y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social indican en el artículo 93, fracción XIV, de la Ley del Impuesto sobre lSR, que las y los trabajadores no pagarán impuestos cuando el reparto de utilidades sea equivalente a 15 días del salario mínimo general, de acuerdo con el año en que se generaron las utilidades, es decir, en este caso 2022.
Por eso, quienes sí pagarán impuestos luego de obtener sus utilidades, son quienes reciban más de 15 días de salario mínimo y será gravado a través del ISR según la fórmula del artículo 74 del Reglamento de la Ley del ISR.