La autoridad amplió el plazo para la habilitación del Buzón Tributario hasta el 1 de enero de 2025

La fecha límite para que los contribuyentes activaran su Buzón Tributario era el 31 de diciembre de 2023.

Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió el plazo para la habilitación del Buzón Tributario hasta el primero de enero de 2025.

La prórroga se estableció con la publicación de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2024 y sus anexos, y representa una facilidad para millones de personas físicas y morales que aún no cumplen con esta obligación fiscal.

El artículo Cuarto Transitorio de la RMF establece que los contribuyentes tendrán un año más para habilitar su Buzón Tributario, así como para registrar y/o actualizar sus medios de contacto, sin ser multados, al señalar lo siguiente:

Para los efectos de los artículos 17-K y 86-C del Código Fiscal de la Federación (CFF), los contribuyentes que no hayan habilitado el Buzón Tributario, o no hayan registrado o actualizado sus medios de contacto, les será aplicable lo señalado en el artículo 86-D del CFF a partir del 1 de enero de 2025.

Además, advirtió que la infracción por no habilitar el buzón tributario o no actualizar los medios de contacto puede resultar en multas que oscilan entre 3,850 y 11,540 pesos, según lo estipulado en los artículos 86-C y 86-D del CFF. Esta es la multa a la que se refiere el artículo Cuarto Transitorio de la RMF.

Esta extensión del plazo es una oportunidad para que los contribuyentes se pongan al día con sus obligaciones fiscales y aprovechen los beneficios que ofrece el buzón tributario.