Se publicó el Complemento de Carta Porte, el cual empezará si vigencia a partir del 1 de junio del 2021, y será obligatorio 120 días después de iniciada su vigencia, es decir, para inicios del mes de noviembre de este año.
Es de uso obligatorio para los contribuyentes que realicen transporte de bienes y mercancías en territorio nacional.
Este es un complemento muy extenso, por lo cual, se estará evaluando en que sistemas se va a incluir.
Este complemento es el que se refiere la regla 2.7.1.9 de la resolución miscelánea de este año.
Para mayor información les proporciono la liga del portal del SAT donde podrán ver los detalles:
Complemento Carta Porte – Factura electrónica – Portal de trámites y servicios – SAT
Complemento Carta Porte – Factura electrónica – Portal de trámites y servicios – SAT
https://www.sat.gob.mx/consultas/68823/complemento-carta-porte-