El 10 de enero de 2020 el SAT público a través de su portal una actualización una actualización a la Guía de llenado del CFDI global Versión 3.3 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI). Las cuales son opcionales a partir del 13 de enero y obligatorias a partir del 1 de abril.

Estas instrucciones específicas el de llenado del CFDi global aplicable a hidrocarburos y petrolíferos la encontraremos en el apéndice 3 de la guía de llenado del SAT. Recordemos que el CFDi global o la factura global es el que se realiza para amparar los ingresos donde el cliente no solicita un CFDi.

Puedes consultar la guía de llenado del CFDi global en el siguiente link.

http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/documentos/GuiaAnexo20Global.pdf

Es importante aclarar que para los efectos del CFDI global aplicable a Hidrocarburos y Petrolíferos y siempre que se haya realizado la venta, no se deberán cancelar los CFDI globales, la única forma de poder realizar la cancelación de una operación que se llevó a cabo y que esté contenida en un CFDI global, es la emisión de un CFDI de egreso relacionado por una devolución de un concepto, en los términos descritos en el citado apéndice 2, para efectos de la generación del CFDI de ingresos de manera individual y nominativa, en caso de que un cliente lo haya solicitado.

Si requieres mayor información o asesoría sobre este tema ponte en contacto con nosotros.

Maya Contadores SC
informacion@mayacontadores.com
Tel. (442) 225-3271
Rufino Tamayo No. 7-101
Fracc. Pueblo Nuevo, Querétaro.
CP: 76900