Una de las tareas que no debemos dejar pasar en el mes de abril es la declaración anual de impuestos. Este año el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que las personas físicas tienen hasta el próximo 31 de mayo para cumplir con este ejercicio fiscal, en caso de no hacerlo deberán pagar las siguientes multas.
Lo primero que debes saber es quiénes deben presentar su declaración anual en el mes de abril. Los que deben cumplir con este ejercicio son aquellas personas que reciben ingresos por salarios de:
- Un solo patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre.
- Aquellos que obtuvieron ingresos distintos de salarios.
- Si trabajaron para dos o más patrones al mismo tiempo.
- Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
- Los contribuyentes que obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
- Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos.
- Servicios profesionales, aquellos que obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.
- Actividades empresariales, incluidas quienes tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad.
- Actividades empresariales realizadas únicamente a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares, que no hayan optado por realizar pagos definitivos.
- Cobrar rentas por algún bien inmueble, reciben intereses o dividendos. También aquellos que enajenaron bienes, si vendieron algún bien y por adquisición de bienes, si compraron algún bien.
Debes tomar en cuenta que no hacerlo en tiempo y forma podría hacer que pagues una multa que va desde los mil 400 hasta los 34 mil 730 pesos dependiendo del tiempo que haya transcurrido y si el contribuyente hizo caso omiso o no.