Los recientes cambios aplicables para 2023, te compartimos los puntos importantes que deben observarse para asegurar un eficiente arranque de año:
- Se releva de la presentación de la ISSIF a los que estén obligados únicamente por sus operaciones con residentes en el extranjero y estas no superen los 100 millones de pesos en el ejercicio correspondiente.
- Se releva de la presentación de la ISSIF a los que estén obligados únicamente por ser parte relacionada de una entidad que dictamine sus estados financieros siempre que el monto de operaciones por actividades empresariales no supere los 13 millones de pesos y de 3 millones en el caso de prestación de servicios de profesionales en el ejercicio que se trate.
- Se adicionan dos financieros al formato de la declaración anual, flujo de efectivo y cambios en el capital contable.
- Se modifica formato de la declaración anual para presentación de financieros comparativa.
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