La Carta Porte es otro de los cambios que tendrá el SAT, este documento fiscal sirve para legalizar el traslado de mercancías dentro del territorio nacional, por lo que la Carta Porte pasará del papel a la versión digital, con el fin de que disminuya el contrabando. Habrá un periodo de transición para realizar este proceso sin recibir multas.
El Buzón Tributario tendrá uno de los cambios más importantes. La autoridad fiscal podrá llevar a cabo el embargo de bienes, por buzón tributario, estrados o edictos (tratándose de créditos exigibles).
El embargo de bienes se podrá suscitar en los siguientes casos:
- Depósito en moneda nacional o extranjera que se realice en cualquier tipo de cuenta que tenga a su nombre el contribuyente, en alguna de las entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo o también depósitos bancarios, componentes de ahorro o inversión asociados a seguros de vida que no formen parte de la prima que haya de erogarse para el pago de dicho seguro.
- Acciones, bonos, cupones vencidos, valores mobiliarios o en general créditos de inmediato y fácil cobro a cargo de entidades o dependencias de la Federación, Estados y Municipios y de instituciones o empresas de reconocida solvencia.
- Incorporación al SAT a partir de los 18 años
- El SAT dio a conocer la incorporación de los mayores de 18 años, aunque reiteró que aunque estén registrados no tendrán que hacer declaraciones. El objetivo de que los jóvenes cuenten con su RFC es para evitar que las empresas generen facturas falsas y así no adjudicarles compras de bienes y productos sin saberlo.
Vigilancia en depósitos
En la Ley de Ingresos 2022 la dependencia fiscal incrementará las obligaciones para que las instituciones financieras proporcionen información mensual, en lugar de anual, de los depósitos en efectivo que reciban los cuentahabientes.
Esta vigilancia será para los depósitos en efectivo, no se tomarán en cuenta los depósitos en cheques o transferencias electrónicas mayores a $15,000 pesos.
Régimen Simplificado de Confianza
- Este régimen permitirá simplificar el pago de impuestos, en especial para los pequeños contribuyentes. Esta serie de medidas va dirigida a personas físicas con actividad empresarial, profesionistas, arrendatarios y los que se dedican al sector primario, que reciban ingresos de hasta 3.5 millones de pesos al año.
- El Impuesto Sobre la Renta (ISR) pasará a un cálculo automatizado con información precargada, mientras que a las personas morales constituidas por personas físicas y con ingresos de hasta 35 millones de pesos anules, se les tendrá permitido tributar de acuerdo a los ingresos efectivamente recibidos, en lugar de devengados.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Este cambio generará nuevos productos a la tasa del 0 por ciento, como los de higiene menstrual y alimento para animales, a excepción de los alimentos procesados que se incluyen en la Ley vigente para perros, gatos y pequeñas especies.
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