A través de su sitio www.gob.mx/SAT la autoridad fiscal federal le enlista las nuevas disposiciones fiscales que deberá aplicar este 2020 en materia de Código Fiscal de la Federación, de Impuesto Sobre la Renta, de Impuesto al Valor Agrego y del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.
En materia de IVA, por ejemplo, contiene lo relativo a la nueva obligación de cobro y retención en servicios digitales que entrará en vigor el 1 de junio próximo.
El SAT establece en materia de IVA:
• Sujetos obligados a retener el impuesto, se incorpora el supuesto de retención de IVA para los contribuyentes residentes en México que proporcionen los servicios digitales a receptores en territorio nacional que operen como intermediarios.
• Sujetos afectos a IVA, se adiciona artículo para establecer como sujetos obligados a los contribuyentes residentes en México que proporcionen los servicios digitales a receptores ubicados en territorio nacional.
• Prestación de servicios Digitales, se establece que los residentes en el extranjero sin establecimiento en México serán causantes directos de IVA por la prestación de dichos servicios.
• Prestación de servicios digitales de intermediación, se establecen las obligaciones que deberán considerar los residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México que presten servicios digitales a receptores ubicados en México con el carácter de retenedor.
• Obtención de ingresos por la prestación de servicios, enajenación de bienes mediante plataformas digitales, se presenta la facilidad para que los contribuyentes ejerzan la opción de retenciones definitivas siempre que sus ingresos no excedan de $300,000.00, así como el esquema de tributación a los que estarán siendo sujetos.
Si requieres más información sobre este tema o sobre nuestros servicios contáctanos.
Maya Contadores SC
informacion@mayacontadores.com
Tel. (833) 217-8500 al 02
Loma Azul No. 207
Col. Lomas de Rosales, Tampico, Tam.
CP: 89100