Para la deducción de combustibles en 2022, la compra y venta de combustibles deberá contar con la información del permiso vigente del proveedor en el CFDI.

Uno de los cambios fiscales implementados tiene que ver con la deducción en combustibles. Se trata de la reforma al segundo párrafo, fracción III, del artículo 27, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR). Este precepto legal habla sobre los requisitos de deducibilidad.

Con el cambio, la compra y venta de combustibles para vehículos terrestres, marítimos y aéreos deberá contar con la información del permiso vigente del proveedor en el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI). Esto incluye los permisos de comercialización de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y de importación de la Secretaría de Energía (Sener).

Para que estos combustibles sean deducibles, el permiso debe estar vigente al momento de emitir el CFDI.

En la exposición de motivos de dicha reforma, el Ejecutivo propuso expandir los requisitos de deducción para el caso de compra de hidrocarburos y petrolíferos. Esto tiene armonía con diversos cambios de orden parafiscal, consistentes en inhibir la realización de actos ilícitos.

El requisito de incluir el permiso de la CRE en el CFDI ya se contempla, en la guía de llenado y en el estándar del CFDI, pero ahora se eleva a requisito de ley.

Maya Contadores, S.C. contamos con el equipo humano calificado y con un amplio conocimiento de la Legislación Fiscal Mexicana, para más información contáctenos.