La nueva disposición del SAT busca contrarrestar el mercado ilegal y aplica para todos los contribuyentes que deseen facturar combustibles.

La nueva disposición resulta de una reforma en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR). Esta modificación agregó una nueva condición para que los contribuyentes puedan deducir impuestos por su gasto en gasolina.

Para que la factura por compra de combustible sea deducible ante el SAT ahora también es necesario que el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) incluya información del permiso vigente de la gasolinera o proveedor. Esta información contiene la autorización para comercializar de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), y la licencia de importación de la Secretaría de Energía (SENER). Este nuevo requisito aplica en todo tipo de vehículos, incluso aéreos y marítimos.

Cualquier persona que desee facturar por pagos de gasolina deberá contar con:

  • El CFDI de cada compra. Básicamente, este documento es el comprobante fiscal de un pago realizado, pero en un formato digital validado por el SAT. Incluye varios datos como el RFC y el régimen fiscal, y ahora también la información del permiso vigente de la gasolinera o proveedor.
  • El gasto en combustible debe estar estrictamente vinculado con la actividad económica de la persona física o moral. En otras palabras, tiene que ser indispensable para los fines de la actividad del contribuyente. Aunque también puede tratarse de un donativo no muy ostentoso, ni remunerativo. 
  • Por último, el monto de la compra tendrá que sobrepasar los 2 mil pesos, y su pago debe realizarse mediante transferencia, cheque nominativo, tarjetas de crédito y débito o monedero electrónico autorizado por el SAT.

Nota importante: los contribuyentes que efectúen pagos en zonas rurales sin servicio financiero pueden estar exentos de la obligación de obtener el CFDI de su compra.

Maya Contadores, S.C. contamos con el equipo humano calificado y con un amplio conocimiento de la Legislación Fiscal Mexicana, para más información contáctenos.