La Regla 2.8.1.21. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) establece algunas facilidades administrativas para los contribuyentes.
2.8.1.21. Las personas físicas que tributen conforme a la Sección I, Capítulo II y Capítulo III del Título IV de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (ISR), cuyos ingresos totales del ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de 4 millones de pesos o que inicien actividades en el ejercicio y estimen que sus ingresos obtenidos en el mismo no excederán de la cantidad señalada, quedarán relevados de cumplir con las siguientes obligaciones:
Enviar la contabilidad electrónica e ingresar de forma mensual su información contable en términos de lo señalado en el artículo 28 del CFF.
Presentar la Información de Operaciones con Terceros (DIOT) a que se refiere el artículo 32, fracción VIII de la Ley del IVA.
La regla establece dos facilidades para los contribuyentes personas físicas del régimen de actividades empresariales y profesionales y de arrendamiento. Básicamente, estos contribuyentes no tendrán que presentar: la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), ni enviar su contabilidad electrónica. Esto siempre y cuando no exceda el límite de ingresos de cuatro millones de pesos.