Como es de su conocimiento, en las últimas semanas se han llevado a cabo conversaciones entre el sector empresarial y el Gobierno Federal respecto a la iniciativa de reforma en materia de subcontratación. Se propone retomar el tema del outsourcing hasta el mes de febrero 2021, lo cual indica que no entrará en vigor a partir del 1 de enero 2021, así también se está proponiendo que de autorizarse, se otorgue un margen razonable de transición.
Por la importancia del tema y para tranquilidad de los empresarios que pudieran verse afectados con estos cambios, les compartiremos información del seguimiento de las propuestas de cambios legislativos, específicamente en tema de outsourcing.
En este sentido, el día 9 de diciembre, la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), dio a conocer un acuerdo logrado entre el sector empresarial, el sector obrero y el Gobierno respecto a la subcontratación, en el que señala que la iniciativa no será aprobada sino hasta febrero del próximo año, periodo en el que continuarán las negociaciones respecto a ciertos puntos de esta.
A continuación, destacamos los puntos relevantes del acuerdo al que hacemos referencia:
1. Durante el periodo transcurrido entre la fecha de hoy y aquella en que se apruebe y se publique la iniciativa (febrero de 2021), se invita a todas las empresas a efectuar los ajustes internos necesarios para cumplir con los nuevos requerimientos establecidos por la iniciativa:
a. Regularizar la plantilla.
b. El gobierno acepta el compromiso de continuar con el diálogo con el sector privado para determinar el alcance de lo que implica el reparto de utilidades (desapareciendo el insourcing en consecuencia).
c. Se entenderá este periodo como un periodo de gracia para que las compañías (patrones) revisen internamente que no cuenten con esquemas de contratación irregular por outsourcing y, si cuentan con este, se les invita a que se regularicen.
d. Implica un llamado a las empresas (que manejan nóminas) a que de inmediato cesen prácticas irregulares perjudiciales para los trabajadores. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) harán un exhorto formal a dichas empresa y en caso de encontrar irregularidades o posible comisión de delitos, procederán administrativa o penalmente.
2. Cobra relevancia la definición de “buenas prácticas laborales”, entendida como experiencias tendientes a alcanzar el bienestar de los empleados y el desarrollo de la empresa según los principios legal y socialmente aceptados, que serán de amplia utilidad para efectuar las adaptaciones que en su caso exija la iniciativa. Al ser un concepto jurídico indeterminado, puede admitir un sinnúmero de contenido.
Con independencia de un estudio y análisis a detalle del Acuerdo y sus consecuencias, es un hecho que la ley no será aprobada ni publicada durante esta legislatura, continuando pendiente la definición de varios aspectos relacionados con ella.
No obstante, conforme a una interpretación sumamente conservadora y asumiendo la obligatoriedad del acuerdo, es importante aprovechar este periodo para analizar las alternativas que sean pertinentes respecto de las implicaciones laborales, fiscales y de seguridad social, y, en caso de ser necesario, establecer las medidas correspondientes.