Según el Artículo Quinto Transitorio de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2021, las personas que perciben ingresos por el concepto de salarios, tenían hasta el 31 de diciembre de 2021 para inscribirse al Buzón Tributario.
Esta medida aplicaba solamente cuando los ingresos que se obtenían por dichos salarios eran mayores a 400 mil pesos y menores a 3 millones de pesos (mdp), en el ejercicio inmediato anterior.
De acuerdo con un artículo publicado por la RMF, para este 2022 se ampliará el plazo para que los contribuyentes puedan cumplir con esta obligación, ahora será hasta el 30 de junio de 2022, y sin hacer mención del límite de 3 mdp.
Para los efectos de los artículos 17-K, tercer párrafo y 86-C del CFF, los contribuyentes comprendidos en el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR a que se refiere el artículo 94 de la Ley del ISR, deberán realizar la habilitación del buzón tributario, conforme a las siguientes fechas:
- Ingresos por concepto de sueldos y salarios, así como asimilados a salarios iguales o superiores a $400,000.00: tienen a más tardar hasta el 30 de junio de 2022.
- Ingresos por concepto de sueldos y salarios, así como de asimilados a salarios en el ejercicio inmediato anterior menores a $400,000.00: podrán optar por no habilitar el buzón tributario.
De esta manera, las personas físicas que tengan los ingresos antes mencionados, tendrán hasta el 30 de junio de 2022 para habilitar su buzón tributario. Por lo que es posible que las personas que necesiten usar el buzón para algún trámite antes de esa fecha, pueden habilitarlo en cualquier momento.
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