El pago de utilidades o PTU, como también se le conoce, deberá realizarse a más tardar el 30 de mayo, pero se podría pagar desde el primer día abril de 2022 (para personas morales y físicas). No obstante, las personas físicas que tengan a su cargo personal podrán hacer el pago hasta el último día de junio.
Este derecho es aplicable para los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en una empresa. Bajo esta condición, los trabajadores tendrán derecho al reparto de utilidades, independientemente de que ya no laboren en la empresa en cuestión o que hayan tenido contrato por obra determinada.
No aplica para trabajadores domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.
Asimismo, se exenta de dicho reparto a empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento; al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
También se exenta del pago a empresas cuyo capital sea menor al que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) por ramas de la industria, y a instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
El pago de utilidades es un derecho que tienen todos los empleados que brindan algún tipo de trabajo a una persona moral o física. En la Ley Federal del Trabajo está estipulado que todos los empleados que estén asalariados tienen que recibir un pago extra por concepto de las ganancias obtenidas en el año fiscal anterior por el patrón o la empresa.
Por ejemplo, este 2022 se pagarán las utilidades respecto a las ganancias que las empresas hayan percibido en 2021.
Las empresas y empleadores deberán calcular el monto del pago de utilidades respecto al 10% de las ganancias generadas en el año fiscal anterior; sin embargo, con la recién aprobada reforma de subcontratación laboral, ahora se deberá calcular considerando dos factores.
- Se tomarán en cuenta los días laborados por el trabajador en el año.
- Se tomarán en cuenta los sueldos de los trabajadores en el año.
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