En acuerdo del Diario Oficial de la Federación (DOF) del 27 de julio de 2020 se dio a conocer el medio de difusión de los criterios para la reapertura de los centros de trabajo que cuentan con población en situación de vulnerabilidad. 

En el acuerdo se menciona que la población en situación de vulnerabilidad (GRUPOS VULNERABLES) es aquella que debido a determinadas condiciones o características de salud son más propensas a desarrollar una complicación o morir por COVID-19.

Con el fin de seguir protegiendo la vida y la salud de las personas vulnerables se requiere precisar los criterios de acuerdo con el riesgo epidémico.

•             Personas trabajadoras que NO CUMPLEN con el valor de vulnerabilidad (no vulnerables) regresan desde semáforo ROJO

•             Personas trabajadoras con valor de vulnerabilidad (grupos vulnerables) en semáforo naranja se quedan en su casa, pero si el puesto lo permite realizando teletrabajo o home office.

•             Personas trabajadoras que SÍ CUMPLEN con el valor de vulnerabilidad (grupos vulnerables) que se describe líneas arriba se reincorporan a partir de semáforo AMARILLO a áreas No COVID excepto:

  • Lactancia: se incorpora al final del periodo de incapacidad por maternidad, en cualquier color de semáforo. 
  • Cáncer: se incorpora hasta semáforo VERDE

•             Personas trabajadoras que SÍ CUMPLEN con el valor de vulnerabilidad (grupos vulnerables) y trabajan en áreas COVID se reincorporan hasta semáforo VERDE.

Para mayor información:

https://coronavirus.gob.mx/wpcontent/uploads/2020/07/Criterios_vulnerabilidad_27Julio2020.pdf