El Servicio de Administración Tributaria utiliza diversos procesos para ponerse en contacto con los contribuyentes para darles a conocer información sobre sus obligaciones fiscales. De este modo gracias al desarrollo digital el SAT hoy día utiliza cada vez más el correo electrónico o el buzón tributario como medio de comunicación. Invitando cortésmente al contribuyente a que de manera voluntaria compruebe el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o aclare información que la autoridad detecto como atípica en el proceso diario de sus operaciones.

Acto declarativo.

Es importante aclarar que la carta de invitación no es un requerimiento y tampoco es una resolución que el SAT haya emitido en contra del contribuyente. Ya que este es solo un acto declarativo con el que la autoridad alienta al contribuyente a aclarar o corregir en caso de ser necesario su situación fiscal. Algunas de estas invitaciones incluyen una propuesta de pago con un importe que la autoridad considera como adeudo.

Autocorrección.

Aun cuando las cartas de invitación señalan omisiones o discrepancias entre la información declarada y la información que tiene el SAT del contribuyente. La aclaración es optativa debido a que no existe ningún plazo para su cumplimiento y por lo tanto no existe una sanción o multa por incumplirla. Ya que se entiende que si el contribuyente cumplió con sus obligaciones fiscales no debería tener ningún problema.

Sin embargo cada invitación que realiza el SAT debe verse como una oportunidad de autocorregirse y evitar multas o sanciones que la autoridad puede aplicar al contribuyente. Por tal motivo es recomendable que el contribuyente acuda con su contador para que aclararen la situación y de este modo eviten problemas a futuro.

Cómo saber si la Carta invitación no es apócrifa.

Lo primero que se recomienda es corroborar el remitente del correo electrónico, para descartar que se trate de una invitación apócrifa, estos correos los pueden consultar en la página del SAT.

Consulta si la carta invitación o llamada telefónica por adeudos fiscales, fue generada por el SAT en el siguiente link.

https://www.sat.gob.mx/consultas/51566/consulta-si-la-carta-invitacion-o-llamada-telefonica-por-adeudos-fiscales,-fue-generada-por-el-sat

Esto te llevará a una herramienta del portal del SAT,  que al capturar el número de la invitación recibida o el del teléfono donde fuiste contactado, te permite validar si esta acción fue hecha o no por el área de Cobro Persuasivo del SAT. Esto con la finalidad de disminuir posibles actos de corrupción y dar certeza de la autenticidad de estas acciones.

Si requieres mayor información o asesoría sobre este tema ponte en contacto con nosotros.

Maya Contadores SC
informacion@mayacontadores.com
Tel. (81) 2317-4880
Dr. José Luna Ayala #204 1er piso
Col. San Jerónimo, Monterrey, N.L.
CP: 64634