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Le informamos que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Secretaría de Economía (SE), publicaron Acuerdos por los que estableces la suspensión de plazos y términos legales de cada una de esas dependencias.

De acuerdo a lo publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo emitido por la STPS entra en vigor el día de hoy, y el Acuerdo de la Secretaría de Economía entró en vigor el día de ayer.

Según el Artículo Primero del Acuerdo de la STPS, establece que se suspenden, los plazos y términos legales de los actos y procedimientos administrativos seguidos ante la STPS, incluyendo a su órgano administrativo desconcentrado, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, durante el periodo comprendido del día siguiente al de la publicación en el DOF del presente Acuerdo al 19 de abril de 2020.

El Artículo Segundo Artículo Segundo indica que se declaran como inhábiles para todos los efectos legales, los días comprendidos en el artículo anterior.

“Durante dicho periodo, las actuaciones, notificaciones, requerimientos, solicitudes o promociones presentadas ante las unidades administrativas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social se entenderán realizadas hasta el 20 de abril de 2020”, añade.

Por su parte el Acuerdo por el que se suspenden términos en la Secretaría de Economía y se establecen medidas administrativas para contener la propagación del COVID-19, establece en su Artículo Primero que se suspenden, por causa de fuerza mayor, todos los términos de los trámites seguidos ante la SE salvo por lo dispuesto en el presente Acuerdo.

La suspensión será durante la vigencia del mismo.

El Artículo Segundo indica que se suspenden todos los términos en los procedimientos y recursos que se sustancian conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Artículo Tercero, en relación con la suspensión referida en el numeral Primero de este Acuerdo, los días que comprenda su vigencia se consideran como inhábiles para todos los efectos legales, por lo que en ese periodo no correrán los plazos de los trámites ahí señalados.

“En el periodo del 23 de marzo al 17 de abril de 2020, el desahogo de todas las diligencias, tanto para la Secretaría como para las partes, se hará vía correo electrónico, por lo que se habilita la dirección electrónica upci@economia.gob.mx para las promociones que presenten las partes, mismas que deberán proporcionar un correo electrónico para las comunicaciones que haga la Unidad. Durante este periodo no se admitirán promociones de manera presencial”.

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