Cuando se emite una factura por concepto de una venta de producto, se entiende que se debe emitir para llevar un registro de los ingresos que generan. Sin embargo, existen casos donde el pago de tu cliente se realiza en parcialidades, por lo que debes de emitir complementos de pago.

De acuerdo al SAT (Servicio de Administración tributaria), los complementos de pago de una factura son aquellos comprobantes que se emiten cuando el pago de un bien que vendes se realiza a crédito, lo que permite a tu cliente pagarte en parcialidades.

Esto quiere decir que si decides dar cierta cantidad de días de crédito a tu cliente para que pueda pagarte, él puede abonarte en las parcialidades que mejor convenga dentro del plazo pactado, mismo que al momento de transferir el dinero, deberás de emitir complementos de pago a la factura original.

El tiempo para emitir el complemento de pago es del día 10 natural del siguiente mes que se originó el abono. Este complemento se puede realizar por cada abono que recibes o por uno solo al término del mes, siempre y cuando sean efectuados por el mismo receptor.

Además, dentro del comprobante se debe especificar el monto original de la factura, el abono recibido, el saldo insoluto, la forma y método de pago. Una vez que tu cliente liquide la obligación de pago, se debe señalar cero en el campo de “total”. Así como identificarse con la clave P01, que significa “Por definir”.

Finalmente, el complemento de pagos no se aplica para para asalariados y honorarios, excepto que los honorarios se paguen de forma diferida. En caso de no recibir los complementos de pagos, se castigará de la misma forma que no se emita una factura, que son multas de hasta $97 mil pesos.

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