Luego de que a mediados de este año el Servicio de Administración Tributaria (SAT) otorgará una prórroga a contribuyentes para activar la firma electrónica y el buzón tributario, no hay fecha que no llegue ni plazo que no se cumpla, y el organismo lanza ultimátum sobre la fecha límite para cumplir con las obligaciones fiscales antes mencionadas.

Cabe mencionar que el ultimátum que el SAT lanza sobre activar la firma electrónica y buzón tributario va principalmente dirigido a aquellos contribuyentes que se encuentran en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), el cual es en el que tributan dueños de negocios como una cafetería, cocina económica, cantina, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas, ferreterías, refaccionarias, taller mecánico, imprenta, restaurante o estética y peluquería, entre otros servicios.

El SAT otorgó la prórroga a contribuyentes para tener la firma electrónica y la activación del buzón tributarios debido a fallas en el sistema y por problemas de escasez de citas, sin embargo, la fecha límite para cumplir con estas obligaciones fiscales está a la vuelta de la esquina, y el organismo lanza ultimátum para que se cumpla y se eviten inconvenientes.

La prórroga está por terminar y el SAT lanza ultimátum a los contribuyentes para que puedan activar firma electrónica y buzón tributario como máximo el próximo lunes 2 de octubre, que es la fecha límite. En caso de cumplir con estas obligaciones fiscales, los usuarios podrían tener problemas para facturar, así como se les podría aplicar alguna multa.

Es importante que contribuyentes, principalmente los de Resico, cuenten con una firma electrónica, pues van a necesitar de ésta para poder emitir facturas, así como para la presentación de declaraciones, lo cual puede ser un problema muy importante, ya que esto puede afectar en su situación fiscal y económica.

En el caso del buzón tributario, es un servicio del SAT con el que puede notificar a los contribuyentes sobre cualquier acto o resolución administrativa que emita en documentos digitales, como una discrepancia fiscal para resolver, recordatorios para presentar declaraciones y demás mensajes de interés. Lo preocupante es que si esta herramienta no está activada, se puede aplicar una multa económica que puede ir de los 3,420 pesos a poco más de 10,000 pesos, según lo señalado en el artículo 86-C del Código Fiscal de la Federación (CFF).